No. Sólo será necesario si los antecedentes aportados en la declaración de inicio de actividades no justifican la emisión de documentos que dan derecho a crédito fiscal, por lo que el inicio de actividades se aprobaría parcialmente. Esta situación le será comunicada en el certificado que se envíe a su correo electrónico.
Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, RUT e inicio de actividades, Inicio de actividades, Guías de Ayuda, “¿Cómo se hace para ...?", opción Inicio de actividades de personas naturales, jurídicas y otras