Si uno de los miembros de una Sociedad de Responsabilidad Limitada vende sus derechos a otra persona, ¿se debe cambiar el RUT y la razón social?

ID: 001.110.0674.009
Fecha de creación: 05/11/2003
Fecha de actualización: 02/10/2026

Cuando uno de los miembros de la sociedad vende sus derechos a otra persona, no es necesario cambiar el Rut como tampoco la razón social, pues la persona jurídica sigue siendo la misma. Sin embargo, el contribuyente debe comunicar y actualizar dichas modificaciones de información tributaria al Servicio.

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