¿Cuáles son las modificaciones que hay que informar obligatoriamente al SII?

ID: 001.110.0885.016
Fecha de creación: 20/01/2004
Fecha de actualización: 18/02/2025

Las modificaciones que deben informarse obligatoriamente al SII son las siguientes:

1. Modificación de Razón Social.

2. Cambio de domicilio.

3. Modificación de la actividad o giro declarado.

4. Apertura, cambio o cierre de sucursal.

5. Modificación del domicilio postal (casilla, o apartado postal u oficina de correos).

6. Ingreso, retiro o cambio de socios o comuneros (cesión de derechos); modificación del porcentaje de participación en el capital y/o utilidades.

7. Aporte de capital de personas jurídicas.

8. Cambio de representantes y sus domicilios.

9. Transformaciones de sociedades.

10. Conversión de empresa individual a sociedad.

11. Fusión de sociedades.

12. Absorción de sociedades.

13. División de sociedades.

El plazo para comunicar estos cambios al SII, de acuerdo con las modalidades que contempla el Procedimiento de Modificaciones y Avisos, es dentro de los dos meses contados de la modificación de los datos o antecedentes, o a contar de la fecha de inscripción en el Registro de Comercio, en los casos que ello sea pertinente y el Aviso debe informarse a través del sitio web del Servicio de Impuestos Internos, desde el sitio personal del contribuyente.

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