¿Qué se debe realizar por la apertura o cierre de sucursales?
ID: 001.110.1189.010
Fecha de creación: 18/03/2004
Fecha de actualización: 29/09/2026
Para realizar el trámite de apertura y cierre de sucursales deben considerarse los siguientes aspectos:
Los avisos deben ser comunicados a través de internet, salvo los casos excluidos de su presentación por internet contenidos en la norma tributaria. Para ello debe Ingresar al sitio web con RUT y clave del contribuyente, dirigirse al menú Servicios Online/ Actualización de Información/ opción Agregar/eliminar sucursales y completar el formulario correspondiente.
Los contribuyentes que abran sucursales y/o agencias en el extranjero solo deben comunicarlo al SII y no deben aportar mayores antecedentes.
Si los contribuyentes realizan actividades relacionadas con la construcción, explotación de bosques y prospecciones mineras, no deberán ser consideradas como sucursales las obras que se construyan, bosques que exploten o proyectos que se ejecuten, respectivamente.
Aquellos contribuyentes que colocan puestos de venta en supermercados, centros comerciales, galerías, etc., cuando los contratos de arriendo o uso de estos espacios sean por un tiempo muy corto (inferior a dos meses) no es necesario que den aviso de apertura de sucursal. Cuando los contratos sean por mayor tiempo, sí deberá tratarse como una sucursal.
Tratándose de la apertura de la primera sucursal, el SII procederá a su verificación en terreno, conforme los parámetros fiscalización y cumplimiento tributario definidos para estos fines.