No, una vez
modificada la razón social de la empresa, las
facturas recibidas
deben tener la razón social correcta, ya que la ley no contempla un plazo para
recepcionar facturas con la razón social anterior.
Puede obtener
mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, Sección
Servicios online, Actualización de información, opción Ayudas, Cómo se hace para: Modificar y actualizar la información.
Adicionalmente, esta materia puede ser consultada en el artículo 23 de la
Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. |