Sí, las siguientes modificaciones deberán ser
efectuadas sólo mediante el portal web del Registro, las cuales se
pondrán en conocimiento del Servicio en forma automática.
Dichas modificaciones son:
-
Cambio de Razón Social o Nombre de Fantasía;
-
Ingreso, Retiro o Cambio de socios o accionistas; nuevos aportes
de capital, modificación en el porcentaje de participación en el
capital y/o utilidades;
-
Disminución de Capital;
-
Cambio de Representantes;
-
Cambio de Actuación de Representantes y
-
División de Sociedades.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el
sitio web del SII, Menú Normativa y Legislación, opción
Circular N°
23, de 2013, modificada por
Circular N°
60, de 2015.
|