¿En el caso de las Sociedades por Acciones, Sociedades en Comandita por Acciones, Sociedades Anónimas Cerradas y Sociedades Anónimas de Garantía Recíproca constituidas en el RES, que cambios deben ser realizados en el Servicio?
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Tratándose de las Sociedades por Acciones, Sociedades
en Comandita por Acciones, Sociedades Anónimas Cerradas y Sociedades Anónimas de
Garantía Recíproca, los cambios en la información que se produzcan con
posterioridad a su constitución, se deben presentar por Internet,
salvo los casos de excepción contenidos en la norma, en la página Web del SII,
en Servicios online menú Actualización de Información opción Actualizar datos de
identificación, debiendo el contribuyente completar el formulario
correspondiente, disponible en sii.cl, y adjuntar los antecedentes que respaldan
los cambios en el desarrollo del trámite, son los siguientes:
Entre algunos de los documentos obligatorios que
debe subir por la aplicación cuando esté realizando el trámite de modificación
por internet, son la escritura pública autorizada por el Notario otorgante del
instrumento, o el documento autorizado ante Notario que corresponda, donde la
persona jurídica designa cambio de Representantes o cambio de actuación de éstos
o modifica los socios o accionistas.
La obligación de dar aviso al Servicio deberá
cumplirse dentro del plazo de dos meses contados desde
que se efectúe la modificación respectiva o, si fuera procedente, desde la fecha
de la inscripción respectiva en el Registro de Comercio correspondiente.
En el caso de cambios de socios o accionistas, la
obligación de dar aviso al Servicio dentro del plazo de los dos meses siguientes
a la fecha de la respectiva modificación no rige para las sociedades de capital.
Puede obtener mayor información respecto a este tema en el sitio web del SII,
menú Normativa y Legislación, submenú Circulares; en Circular
N° 60, de 2015, concordada con la normativa contenida en la Ley
21.210 de 2020.
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