Este reclamo debe realizarse a la Dirección de Tránsito respectiva, ya que, conforme a la legislación vigente, corresponde a ésta asimilar aquellos vehículos que no aparezcan en el listado. En caso de no poder asimilar, será la misma Dirección del Tránsito la que solicite su tasación al Servicio de Impuestos Internos.
Puede obtener mayor información relativa a este
tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Tasación
Fiscal de Vehículos. |