¿Deben pagar permiso de circulación las maquinarias agrícolas o industriales?

ID: 001.170.0400.010
Fecha de creación: 04/09/2003
Fecha de actualización: 29/04/2026

Las maquinarias agrícolas o industriales deben pagar permiso de circulación solo si transitan por caminos, calles y vías públicas en general. En estos casos, el valor del permiso de circulación corresponde a media UTM, ya que el Servicio no dispone de un listado de tasaciones fiscales para este tipo de vehículos.

Dentro de esta categoría de maquinarias, se encuentran: 

  • Tractores agrícolas o industriales,
  • Sembradoras
  • Cosechadoras
  • Bulldozers
  • Palas mecánicas
  • Palas cargadoras
  • Aplanadoras
  • Grúas
  • Motoniveladoras
  • Retroexcavadoras
  • Trilladoras
  • Otras similares
Normativa Relacionada