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Observación F69

Su Declaración de Renta presenta observaciones, debido a que la devolución solicitada por usted a través de su Declaración Anual de Impuesto a la Renta (Formulario N° 22), no corresponde, ya que este Servicio no registra en sus bases de datos, créditos o impuestos pagados, que originen una devolución a su favor.

Entre algunos, dichos créditos podrían tener como fuente los siguientes:

  • Crédito por donaciones a Universidades e Institutos Profesionales (Art.69, Ley N°18.681/87).
  • Crédito por Impuesto Único de Segunda Categoría.
  • Crédito por Ahorro Neto Positivo  (N°4 letra A y ex letra B Art. 57 bis).
  • Crédito por Impuesto de Primera Categoría con derecho a devolución.
  • Reliquidación Glob. Compl. por Término de Giro.
  • Pagos Provisionales.
  • Crédito por Gastos de Capacitación
  • Crédito por Rentas Fondos Mutuos con derecho a devolución
  • Crédito Empresas Constructoras.
  • Reintegro Parcial por Peajes según Ley 19.764/2001
  • Retenciones por rentas declaradas en línea 6 (Recuadro N°1).
  • Retenciones por otras rentas declaradas en líneas 1, 3, 4, 5, 7,9 y/o 45
  • Pago Provisional Exportadores, Art. 13, Ley 18.768/88.
  • Pago Provisional por Impto. de Primera Categoría de utilidades absorbidas (Art. 31 N°3).
  • Remanente Impto. Invers./Art. 55 bis DFL N°2/59, Fdos. Invers.42 bis y/o 57 bis, prov. líneas 29 y/o 30.
  • Remanente de crédito por impuesto de Primera Categoría proveniente de línea 31.
  • Créditos puestos a disposición por la sociedad de la cual se es socio.

Para solucionar esta observación, deberá rectificar por Internet el Formulario 22, en el sitio web del SII, Menú Renta, opción Corregir o rectificar declaración

Si persiste la observación, debe esperar que le llegue la carta de notificación y concurrir el día y en la hora señalada en dicho documento, a la oficina del SII correspondiente a su domicilio. La carta de notificación también puede ser consultada en el sitio web del SII, menú Renta, opción Consultar estado de declaración de renta