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Observación G56 |
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Su declaración se encuentra obseravda, debido a que la rebaja declarada en Línea 15, Código 750, por concepto de intereses pagados con garantía hipotecaria según el artículo 55 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta, excedería el monto máximo establecido. A mayor abundamiento, la cantidad máxima
deducible por concepto de intereses será la menor al comparar el monto
del interés efectivamente pagado durante el año calendario respectivo,
debidamente actualizado, y la cantidad de 8 Unidades Tributarias Anuales
(UTA), vigentes durante el mes de diciembre del año calendario
correspondiente, tope que varía según los tramos de renta del global
complementario:
2.- Interés que deberá rebajarse si su renta global (que considera la deducción del Código 765 del Formulario 22) se ubica en los siguientes tramos:
3.- Si su tramo de renta es de más de 150 UTA, usted no tiene derecho a la rebaja por intereses:
Cuando la vivienda sea
adquirida en comunidad, deberá dejarse expresa constancia en la
escritura pública respectiva de la identificación del comunero y
deudor que hará uso de la totalidad de la rebaja tributaria del 55 bis y
presentar al SII una Declaración Jurada Simple identificando al
beneficiario. Las fechas de esta declaración son las siguientes:
Para solucionar dicha observación, deberá proceder a rectificar por Internet el Formulario 22 de Renta; en el sitio web del SII, Menú Renta, opción Corregir o rectificar declaración, o bien contactarse con el o las instituciones acreedoras que presentaron la Declaración Jurada Formulario 1898 para que estos procedan a rectificar si el monto pagado por este concepto no se encuentra correcto. Si persiste la observación, debe esperar que llegue la carta de notificación y concurrir el día y en la hora señalada en dicho documento a la oficina del SII correspondiente a su domicilio. La carta de notificación también puede ser consultada en el sitio web del SII, menú Renta, opción Consultar estado de declaración de renta. Para mayor información revise las instrucciones impartidas en Circular 87 del 10 de diciembre de 2001 y Circular 70 del 26 de diciembre de 2002.
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