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Observación G72 |
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Su declaración ha sido observada, porque el crédito proporcional por rentas exentas declarado en la línea 21, código 136, del Formulario 22, es excesivo o bien no corresponde, toda vez que usted no ha declarado rentas exentas en la línea 8, código 152. El cálculo de este crédito obedece la siguiente fórmula,
El incremento corresponde sólo a la parte correspondiente por las rentas exentas que originan dicho concepto. Si usted posee sólo sueldos, las rentas exentas deben ser declaradas solamente si existe algún crédito por Impuesto de Primera Categoría por recuperar. Para el cálculo del total de rentas imponibles, Código 170, se deben considerar ambas, pero para el cálculo del Impuesto Global Complementario, Código 157, sólo se deben considerar los sueldos, código 161, así como no corresponde declarar créditos por rentas exentas. Para solucionar dicha observación, deberá proceder a rectificar por Internet el Formulario 22 de Renta; en el sitio web del SII, Menú Renta, opción Corregir o rectificar declaración. Si persiste la observación, debe esperar que llegue la carta de notificación y concurrir el día y en la hora señalada en dicho documento a la oficina del SII correspondiente a su domicilio. La carta de notificación también puede ser consultada en el sitio web del SII, menú Renta, opción Consultar estado de declaración de renta. |