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Observación Z15 |
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De
acuerdo a la información que posee este Servicio, usted no ha declarado
débitos en F29 (Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos)
en el año controlado, no obstante haber sido informado como proveedor
por sus clientes (Agentes Informantes), a través de Declaración Jurada
Resumen Semestral de IVA (F3323) o Información Electrónica de Compras
y Ventas (IECV). (Observación I15 de IVA) A objeto de aclarar su situación, usted deberá concurrir a la Dirección Regional o Unidad del Servicio de Impuestos correspondiente a su domicilio, en la oportunidad que sea requerida su presencia, portando toda la documentación que se le solicite en la notificación respectiva. En
el caso que usted haya realizado ventas afectas a IVA durante el año
controlado y no hubiese declarado el IVA asociado a dichas ventas, o
haya incurrido en error al efectuar la declaración de F29, deberá
presentar la declaración respectiva incorporando los débitos no
declarados, o rectificar los F29 de los periodos correspondientes. Si la inconsistencia detectada se debe a un error en la información registrada por sus clientes (Agentes Informantes), deberá contactarlos y solicitar la rectificación de la Declaración Jurada Resumen Semestral de IVA (F3323) que corresponda.
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