A87: “Según los antecedentes del SII, el crédito por
concepto de Ahorro Neto Positivo, declarado en Línea 30 de su
Formulario 22, excede los márgenes permitidos por la Ley, o no han
sido informados por las Instituciones Receptoras correspondientes.” |
Revise su Declaración Anual de Impuesto a la Renta,
Formulario 22, de acuerdo a lo siguiente:
Códigos Formulario 22 |
174 “Crédito por Ahorro Neto Positivo (Nº 4 letra A y ex
letra B Art. 57 bis)”
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Explicación |
Existe una inconsistencia en código 174, relativo al
crédito contra el Impuesto Global Complementario de los ahorros
positivos realizados, debido a alguna de las siguientes situaciones:
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El monto
registrado en el código 174, no es consistente con el cálculo
del crédito sobre el monto de ahorro neto positivo informado por
sus agentes retenedores, en Declaración Jurada Nº 1823 o 1888.
Considerar para dicho cálculo los topes de saldo ahorro neto
positivo.
-
Usted no fue
informado por agentes retenedores en Declaración Jurada Nº 1823
o 1888.
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Validación 1 |
Valide que lo
declarado en el código 174, corresponda al 15% del saldo de ahorro
neto positivo informado en el Certificado Nº 17 y Certificado Nº 8,
emitidos por sus agentes retenedores; o bien, a lo informado por
éste en la(s) Declaración(es) Jurada(s) N° 1823 y/o N° 1888. Esto
último se puede consultar, para su caso particular, en el Sitio Web
del SII, menú de Renta, opción Información de sus Ingresos, Agentes
Retenedores y Otros.
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Solución 1 |
Solución 2 |
Si el valor
informado en dichos Certificados y en las Declaración(es) Jurada(S)
coinciden, pero el monto declarado en su Formulario 22 en código 174
no corresponde al 15% del saldo de ahorro neto positivo, le
sugerimos rectificar por Internet, ingresando al
Sitio Web del SII, menú de Renta, opción Corregir o Rectificar
Declaración, seleccione el año 2009 y registre el valor correcto en
dicho código. |
Si el valor informado en Certificados y Declaración Jurada (DJ)
no coinciden, contáctese con su agente retenedor para determinar el
valor correcto:
1. Si la DJ tiene un error, solicite a su agente retenedor
que la rectifique.
2. Si la DJ está
correcta, solicite la emisión de un nuevo certificado y rectifique
por internet ingresando al Sitio Web del SII, menú de Renta, opción
Corregir o Rectificar Declaración, seleccione el año 2009 y registre
el valor correcto en dichos códigos. |
Validación 2 |
Revise que la base considerada para el cálculo del crédito,
es decir, el saldo de ahorro neto positivo informado, no sea
superior a los topes legales, esto es: 30% de la base imponible del
Impuesto Global Complementario o 65 UTA vigentes al 31 de diciembre
del año 2008. |
Solución |
Si el monto del
saldo de ahorro positivo neto es superior a los topes legales, le
sugerimos rectificar por Internet, ingresando al
Sitio Web del SII, menú de Renta, opción Corregir o Rectificar
Declaración, seleccione el año 2009 y registre el valor obtenido de
aplicar el 15% al tope legal. |
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