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Observación G12

Su declaración ha sido observada, porque el crédito por Impuesto de Primera Categoría, declarado en la línea 3, códigp 602, no concuerda con los antecedentes del SII, por lo que deberá acreditar su procedencia.
Le recordamos que el crédito por Impuesto de Primera Categoría imputable al Impuesto Global Complementario se genera por rentas expresadas en la línea 3, código 602. Esto, según las instrucciones que corresponden a esa línea y con la única condición de que dicho crédito provenga de rentas o cantidades efectivamente gravadas con el Impuesto de Primera Categoría, lo que deberá ser acreditado con los certificados pertinentes.

Verifique estas cifras con lo informado por la empresa en la Declaración Jurada respectiva.