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Observación G47 |
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Su declaración ha sido observada,
porque los ingresos
declarados se encontrarían mal determinados, respecto a las inversiones
efectuadas durante
los últimos períodos comerciales, para los fines establecidos en los
artículos 70 y 71 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, por lo cual es
necesario que aporte la documentación relativa que acredite el origen
y disponibilidad de los fondos aplicados a las inversiones
realizadas. Cabe señalar, que con posterioridad a la fecha en que usted será atendido, y si usted lo considera necesario, podrá recurrir al Comité de Inversiones formado por el Director Regional, Jefe de Fiscalización y Jefe de la Oficina Jurídica de la Dirección Regional, a fin de recabar o aportar antecedentes sobre el estado de su proceso de fiscalización de inversiones. |