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Observación Z15

De acuerdo a la información que posee este Servicio, usted no ha declarado débitos en F29 (Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos) en el año controlado, no obstante haber sido informado como proveedor por sus clientes (Agentes Informantes), a través de Declaración Jurada Resumen Semestral de IVA (F3323) o Información Electrónica de Compras y Ventas (IECV).  (Observación I15 de IVA)

A objeto de aclarar su situación, usted deberá concurrir a la Dirección Regional o Unidad del Servicio de Impuestos correspondiente a su domicilio, en la oportunidad que sea requerida su presencia, portando toda la documentación que se le solicite en la notificación respectiva.

En el caso que usted haya realizado ventas afectas a IVA durante el año controlado y no hubiese declarado el IVA asociado a dichas ventas, o haya incurrido en error al efectuar la declaración de F29, deberá presentar la declaración respectiva incorporando los débitos no declarados, o rectificar los F29 de los periodos correspondientes. 

Si la inconsistencia detectada se debe a un error en la información registrada por sus clientes (Agentes Informantes), deberá contactarlos y solicitar la rectificación de la Declaración Jurada Resumen Semestral de IVA (F3323) que corresponda.