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Observación Z15 |
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De acuerdo a la
información que posee este Servicio, usted no ha declarado débitos en F29
(Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos) en el año controlado,
no obstante haber sido informado como proveedor por sus clientes (Agentes
Informantes), a través de Declaración Jurada Resumen Semestral de IVA
(F3323) o Información Electrónica de Compras y Ventas (IECV). (Observación
I15 de IVA) A objeto de aclarar su situación, usted deberá concurrir a la Dirección Regional o Unidad del Servicio de Impuestos correspondiente a su domicilio, en la oportunidad que sea requerida su presencia, portando toda la documentación que se le solicite en la notificación respectiva. En el caso que
usted haya realizado ventas afectas a IVA durante el año controlado y no
hubiese declarado el IVA asociado a dichas ventas, o haya incurrido en
error al efectuar la declaración de F29, deberá presentar la declaración
respectiva incorporando los débitos no declarados, o rectificar los F29 de
los periodos correspondientes. Si la inconsistencia detectada se debe a un error en la información registrada por sus clientes (Agentes Informantes), deberá contactarlos y solicitar la rectificación de la Declaración Jurada Resumen Semestral de IVA (F3323) que corresponda.
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