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Observación A02


A02: “Según los antecedentes que cuenta el SII, los gastos rechazados afectos al Impuesto Único inciso 3° del Art 21 LIR, generados en el ejercicio o informados por terceros, no se encontrarían incluidos totalmente en la base imponible de este Impuesto, por lo cual, probablemente estén subdeclarados.”

Revise su Declaración Anual de Impuesto a la Renta, Formulario 22, de acuerdo a lo siguiente 

Códigos Formulario 22

[106] “Gastos rechazados, Art. 33º Nº1, pagados en el ejercicio. (Art.21)”
 [113]  “Impuesto único Inciso 3° Artículo 21 Ley de la Renta”

Explicación

Existe una inconsistencia entre lo  declarado en los  códigos  [106] ó [113], relativo a la Base Imponible del Impuesto único Inciso 3° Artículo 21 Ley de la Renta, y la información  presentada por terceros y/ó la declarada por Ud, en el recuadro N° 6 del F22,:

  • El monto registrado en el código [106], respecto a las sociedades extranjeras no constituidas como agencias en chile, que hayan incorporado en la base imponible del impuesto adicional (línea 3), los gastos rechazados que les corresponda, debe ser similar al monto del gasto rechazado que le corresponde según la información declarada por terceros en las  DJ 1813 ó DJ1893, en las cuales fue informado.
  • El monto registrado en el código [113], respecto a sociedades anónimas, sociedades comanditas por acciones, sociedades por accione y Agencias Extranjeras, debe ser similar al monto de los gastos rechazados generados  y pagados por ellas (declarados en código 623 del F22) y los que les correspondan por su participación en otras sociedades (declarados por terceros que lo informan en las DJ 1893 ó  DJ1813).

Validación 1

Verifique que lo declarado en código [106] ó [113], corresponda al monto de los gastos rechazados afectos al inciso 3° del artículo 21 LIR, ya sea incurridos por usted de acuerdo a lo declarado en código [623] de Recuadro N° 6 de formulario 22 y de las sociedades en que participa según lo informado en Certificado N°5, emitidos por sus agentes retenedores; o bien, a lo informado por éstos en DJ 1813 y/o 1893. Lo anterior, puede ser consultado en el sitio web del SII, menú de Renta, consulta de ingresos, agentes retenedores y otros.

Solución 1

Solución 2

Si el valor informado en Certificados y   Declaración Jurada coinciden y está correctamente registrado su código [623] del Recuadro N°6, pero el monto declarado en su Formulario 22 en el códigos [106] ó [113] es distinto, le sugerimos rectificar por Internet, ingresando al Sitio Web del SII, menú de Renta, opción Corregir o Rectificar Declaración, seleccionando el año 2010 y registrando el valor correcto en dichos códigos.

Si el valor informado en Certificados y Declaración Jurada (DJ) no coinciden, contáctese con su agente retenedor para determinar el valor correcto:
1. Si la DJ tiene un error, solicite a su agente retenedor que la rectifique.
2. Si la DJ está correcta, solicite la emisión de un nuevo certificado  y rectifique por internet ingresando al Sitio Web del SII, menú de Renta, opción Corregir o Rectificar Declaración, seleccione el año 2010 y registre el valor correcto en dichos códigos.