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Observación A63


A63: “Según antecedentes con que cuenta este Servicio, el crédito puesto a disposición por la sociedad, en Línea 54, no guarda relación con las cantidades informadas por las sociedades a través de la Declaración Jurada 1837 y/o es inconsistente con el Resultado Líquido Anual, en Línea 55”.

Revise su Declaración Anual de Impuesto a la Renta, Formulario 22, de acuerdo a lo siguiente 

Códigos Formulario 22

58 “Créditos puesto a disposición por la sociedad, con tope del total o saldo del impuesto adeudado”

Explicación

Existe una inconsistencia en el código 58 debido a alguna de las siguientes situaciones:

·      El monto utilizado en esta línea por concepto de PPM o Créditos puestos a disposición por sociedades a las que pertenece no es consistente con lo informado por éstas en sus respectivas declaraciones de renta y declaraciones juradas relacionadas.

·      No puede hacer uso del crédito, ya que no es persona natural, como tampoco persona jurídica sin domicilio ni residencia en el país.

·      Utilizó un crédito superior al monto de impuesto a pagar, solicitando  devolución por este concepto, lo cual no corresponde.

 

Validación

Verifique que la sumatoria del monto señalado en la columna 4 de sus Certificados Nº 18 emitidos por sus agentes retenedores concuerda con el valor informado por éstos, en la columna “Monto crédito o PPM puesto a disposición”, de la Declaración Jurada  Nº 1837, lo cual puede ser consultado en el sitio Web del SII, menú de Renta, consulta de ingresos, agentes retenedores y otros

Solución 1

Solución 2

Si el valor informado en los Certificados y en la Declaración Jurada coincide,  valide que  el monto declarado en el código 58 no sea superior a los impuestos que se adeuden según su propia declaración, ni que haya solicitado como devolución los excedentes de los PPM puestos a disposición por la sociedad.

Si el valor es superior, le sugerimos rectificar por Internet, ingresando al Sitio Web del SII, menú de Renta, opción Corregir o Rectificar Declaración, seleccionando el año 2010 y registre el dicho código el saldo del impuesto adeudado, de manera que tanto el código 90 como el 87 queden con valor cero.

Si el valor informado en Certificados y Declaración Jurada (DJ) no coinciden, contáctese con su agente retenedor para determinar el valor correcto:

1. Si la DJ tiene un error, solicite a su agente retenedor que la rectifique.

2. Si la DJ está correcta, solicite la emisión de un nuevo certificado  y rectifique por internet ingresando al Sitio Web del SII, menú de Renta, opción Corregir o Rectificar Declaración, seleccione el año 2010 y registre el valor correcto en dichos códigos.