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Observación A92


A92: “El Impuesto Único por retiro de ahorro previsional voluntario (Art. 42 bis) declarado en el código 767 no es consistente con el retiro declarado por sus informantes en el Formulario 1899.”

Revise su Declaración Anual de Impuesto a la Renta, Formulario 22, de acuerdo a lo siguiente 

Códigos Formulario 22

 [767] “Impuesto único por retiros de Ahorro Previsional Voluntario ( Art. 42 bis)”

Explicación

Existe una inconsistencia en código  [767], relativa al impuesto único que debe pagar por retiros de Ahorro Previsional Voluntario, el cual se puede calcular de la siguiente forma:

1) Retiros de Ahorro Previsional Voluntario o de las Cotizaciones Voluntarias no destinadas a anticipar las pensiones o a mejorar el monto de éstas. La Tasa Impuesto Único aplicable a los retiros se calculará:

 

    TIU = {3 + [ 1,1 (IGC s/RA con R - IGCs/RA sin R) x  100]}
                               M. R.R.

 

 

 

2) Retiros de Ahorro Previsional Voluntario, efectuados por una persona pensionada, que cumple con requisitos de edad y monto de pensión u otros. La Tasa Impuesto Único se determina:

        TIU =  (IGC s/RA con R - IGCs/RA sin R) x  100
                                      M. R.R.

Donde =

  • TIU = Tasa de Impuesto Único
  • IGCs/ RA con R = Impuesto Global Complementario determinado sobre las Rentas Anuales obtenidas por el afiliado durante el año calendario respectivo más los retiros de los Ahorros Previsionales  efectuados en dicho período, ambas rentas reajustadas al término del ejercicio, de acuerdo a la forma prevista por el inciso penúltimo del artículo 54 de la Ley de la Renta.
  • IGCs/RA sin R = Impuesto Global Complementario determinado sobre las Rentas Anuales obtenidas por el afiliado durante el año calendario sin considerar o incluir los retiros de los Ahorros Previsionales efectuados en dicho período, debidamente reajustadas estas rentas al término del ejercicio en los términos previstos por el inciso penúltimo del artículo 54 de la Ley de la Renta.
  • M.R.R. = Monto Retiros de Ahorro Previsional efectuados durante el año calendario respectivo, debidamente reajustados en la forma prevista por el inciso penúltimo del artículo 54 de la Ley de la Renta.

Validación

Verifique que lo declarado en código [767] por concepto de Impuesto Único del Retiro de Ahorro Previsional Voluntario, corresponda al calculo establecido previamente conforme a lo señalado en los Certificados N° 24, Columna 9,emitidos por sus agentes informantes o bien, a lo informado en DJ 1899, la cual puede ser consultada en el sitio web del SII, menú de Renta, consulta de ingresos, agentes retenedores y otros.

Solución 1

Solución 2

Si el valor informado en Certificados y Declaración Jurada coinciden, pero el monto declarado en su Formulario 22 en el código [767] es distinto, le sugerimos rectificar por Internet, ingresando al Sitio Web del SII, menú de Renta, opción Corregir o Rectificar Declaración, seleccionando el año 2010 y registre el valor correcto en dichos códigos.

Si el valor informado en Certificados y Declaración Jurada (DJ) no coinciden, contáctese con su agente retenedor para determinar el valor correcto:
1. Si la DJ tiene un error, solicite a su agente retenedor que la rectifique.
2. Si la DJ está correcta, solicite la emisión de un nuevo certificado  y rectifique por internet ingresando al Sitio Web del SII, menú de Renta, opción Corregir o Rectificar Declaración, seleccione el año 2010 y registre el valor correcto en dichos códigos.