G62:
“Según los antecedentes del SII, la rebaja declarada en Línea
15, código 750, por concepto de intereses de dividendos
hipotecarios, no procede dado que usted no ha renunciado al
beneficio tributario establecido en la Ley N°19.622.”
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Revise su Declaración Anual de Impuesto a la Renta,
Formulario 22, de acuerdo a lo siguiente
Códigos relacionados Formulario 22 |
750
“Intereses pagados por créditos con garantía hipotecaria, según
Art. 55 bis” |
Explicación |
Existe una inconsistencia en el código 750 debido a:
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Usted posee vigente el beneficio del DFL N°2/59, según Ley Nº
19.622, para rebajar dividendos de crédito hipotecario, por lo
tanto, mientras no renuncie a dicho beneficio, no puede acogerse
al art. 55 bis, por rebajas de intereses producto de dividendos
hipotecarios. |
Validación |
Verifique
que ha presentado la declaración en la cual renuncia al
beneficio del DFL N° 2 / 59, de rebaja de dividendos
hipotecarios, cuyo plazo de presentación venció el 30 de abril
del 2002.
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Solución |
Si usted no
ha renunciado al beneficio de dividendos hipotecarios, le
sugerimos rectificar por Internet, ingresando al
Sitio Web del SII, menú de Renta, opción Corregir o Rectificar
Declaración, seleccione el año 2010. Elimine el monto registrado
en el Código 750 y registre el monto de dividendo hipotecario
que le fue informado en el código 740, lo cual puede ser
consultado en el sitio Web del SII, menú de Renta, consulta de
ingresos, agentes retenedores y otros.
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