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Observación G39

Su declaración está observada porque los retiros del año 2000 provenientes de su actividad acogida a las normas del artículo 14 bis de la Ley de la Renta, no han sido declaradas correctamente en la Línea 1, de la base imponible del impuesto Global Complementario o Adicional, o bien en la base imponible del impuesto de Primera Categoría Línea 32 de la empresa generadora o fuente.

Por lo tanto, efectúe las verificaciones que a continuación se indica a fin de establecer la validez de las rentas declaradas:

  • En el caso de contribuyentes personas naturales, o agencias extranjeras verificar que los retiros declarados en la Línea 1, correspondan a la renta declarada por este concepto como base imponible del impuesto de Primera Categoría declarado en línea 32.
  • En el caso de las personas jurídicas verificar que la suma de los retiros informados a través del Form. Nº 1886 ó 1884 se encuentren declarados en la base imponible del Impuesto de Primera Categoría de la línea 32.