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Observación G51

Su declaración ha sido observada por que ha declarado un monto excesivo o que no corresponde en la línea 16, código 183. Rebaja de un 20% de inversiones en acciones de pago y fondos mutuos

Esta rebaja sólo procede para acciones de pago de Sociedades Anónimas abiertas, acciones de primera emisión, adquiridas antes del 29 de julio de 1998 y 20% del monto invertido en Fondos Mutuos durante todo el año 2000, por cuotas adquiridas antes del 4 de junio de 1993.

El 20% de la inversión a rebajar tiene dos topes:

  • Un 20% de las rentas declaradas como base imponible efectiva de Impuesto Global Complementario. Se determina con la suma de rentas de fuentes chilenas declaradas en las líneas 1, 2, 5, 6, 7, 9 y el incremento declarado en la línea 10 por rentas de las líneas 1, 2 y 7, menos las cantidades declaradas en la línea 11, 12, 13, 15 (códigos 111 y 740) y 16 (código 700).
  • Tope para la rebaja de 50 UTA equivalente a $ 16.560.000, lo declarado en código 183 no puede exceder en ningún caso este monto.