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Observación A52 |
Su declaración ha sido observada por que el monto declarado como crédito por Gastos de Capacitación, línea 47código 82, excede el monto permitido. Este monto no debe exceder al 1% de las remuneraciones imponibles (1) del contribuyente o de 13 UTM, para el Año Tributario 2002 es de $ 370.812. Excepcionalmente, si dicho 1% es inferior a 13 UTM, el tope del crédito anual por gastos de capacitación será $ 370.812.- |