Su declaración presenta
observaciones debido a que no incluye la reliquidación de Impuesto
Único a los Trabajadores o bien este impuesto está subdeclarado.
Según la información
entregada al SII por sus empleadores Usted ha recibido más de un sueldo,
de distintos empleadores durante uno o más meses por lo que debe reliquidar,
ya que cada empleador calculó y retuvo su impuesto considerando sólo
la renta por él pagada.
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Para realizar la reliquidación debe
contar con los certificados de sueldos de cada empleador o en su
defecto las liquidaciones mensuales. Puede utilizar como apoyo el
Formulario
2514, disponible en esta pagina Web, o seguir las instrucciones
del Suplemento Tributario:
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Determinar las rentas percibidas
nominales (sin actualizar) para cada mes en que se percibió más
de una renta. Para ello, debe sumar las Rentas Tributables, según
certificado o liquidaciones. El total se registra en la columna
1 del Formulario 2514, en el mes correspondiente. Así se llena la
columna para cada mes.
-
Debe registrar el impuesto determinado
para la renta imponible mensual, calculada en la columna 1. Para
hacer esto, revise las instrucciones del Formulario 2514 la Tabla
de Cálculo para la Reliquidación del Impuesto Único a los Trabajadores
por Rentas Simultáneas ubicando el rango de renta líquida
imponible al que pertenece su renta. Luego, deberá multiplicar su
renta por el factor señalado en dicha tabla y rebajar el monto que
permite cada tramo, registrando el valor final en la columna 2 para
cada uno de los meses donde haya percibido rentas simultáneas.
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En la columna 3 deberá registrar el
total del impuesto retenido por sus empleadores mensualmente.
Se trata de la suma del Impuesto Unico retenido sin actualizar que
se detalla en los certificados o liquidaciones para cada mes.
-
Finalmente, en la columna 4, deberá
restar al impuesto determinado en la columna 2 el impuesto
retenido que ha sido registrado en la columna 3 del mismo formulario.
-
Al final de cada columna, en la fila
TOTALES, debe registrar la suma de las cantidades de la columna
desde enero a diciembre.
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Para completar la información en el
Formulario 22, deberá trasladar los valores a la línea 43 de la
siguiente forma:
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Código 163, el total de la columna
1 del Formulario 2514.
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Código 164 deberá registrar el total
de la columna 3.
-
Código 25 de la línea 43 debe registrar
el total de la columna 4.
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Si el total de los sueldos los ha
declarado en la línea 9 código 161, debe agregar al total de la
línea 30 código 162 el resultado de la línea 43 código 25.
Ejemplo de Reliquidación
Observación A88
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Formulario
2514
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Columna
1
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Columna
2
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Columna
3
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Columna
4
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Mes
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Escuela
1 Sueldo
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Liceo 7
Sueldo
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Total Rentas
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Impto Deter.
Según Tabla
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Impuesto
Retenido
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Diferencia
de Impto a pagar
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Enero
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320.000
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Feb
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325.000
|
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Mar
|
325.000
|
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|
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|
|
Abril
|
400.000
|
250.000
|
650.000
|
16.461
|
3.961
|
12.500
|
May
|
400.000
|
250.000
|
650.000
|
16.349
|
3.849
|
12.500
|
Jun
|
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550.000
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Jul
|
|
550.000
|
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|
Agos
|
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550.000
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Sep
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550.000
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Oct
|
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550.000
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Nov
|
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550.000
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Dic
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550.000
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Total
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1.770.000
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4.350.000
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6.120.000
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32.810
|
7.810
|
25.000
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Formulario
22
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Código 163
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Código 164
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Código 25
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Los sueldos corresponden
al total de haberes menos las imposiciones de AFP y Salud (Fonasa
o Isapre) que sean retenidas por el empleador. Este sueldo debe ser
llevado a la tabla según su valor nominal, es decir no debe
actualizarlo.
Nota:
Si la observación persiste,
esto puede deberse a:
-
El SII tiene información de mayores
rentas a las declaradas. Consulte la información entregada por sus
Agentes
Retenedores
-
Uno de sus empleadores calculó mal
el Impuesto Único a los Trabajadores para uno de los meses
en que usted no debe reliquidar. Para solucionar eso le recomendamos
reliquidar el año completo.
Estas recomendaciones
sirven para la gran mayoría de los contribuyentes, sin embargo existen
casos especiales. Para mayor información y bases legales consulte
el Suplemento Tributario
en nuestro sitio web.
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