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Observación G77 |
Su declaración ha sido observada por que no ha declarado o ha subdeclarado en la línea 9 código 161, los sueldos percibidos durante el año o el crédito por Impuesto Unico de Segunda Categoría, línea 30 código 162 es mayor a lo informado al SII. En esta línea se declaran sueldos, jubilaciones y montepíos (actualizados), siempre que estén obligados por tener rentas afectas a Impuesto Global Complementario, declaradas en las líneas precedentes. Si bien estas rentas ya pagaron el Impuesto Unico a los Trabajadores al tener que tributar en el Global Complementario es procedente ocupar el Impuesto Unico pagado (actualizado) como crédito para el Global Complementario, línea 30 código 162. |