Personas Jurídicas y Empresas

Las siguientes nóminas corresponden a información de Personas jurídicas y Empresas Personas jurídicas registradas en el SII. Los archivos que se descargan tienen extensión .TXT.

Listado de todos los contribuyentes personas jurídicas catalogados como empresas por el SII con información del tramo de venta, número de trabajadores, región, rubro, subrubro, actividad económica principal, fecha de inicio de actividad, fecha de término de giro, tipo de término de giro, tipo de contribuyente, subtipo de contribuyente e información del tramo de capital propio tributario, para cada contribuyente.
(Actualización: octubre 2023)

NOTAS METODOLÓGICAS

1) Cifras preliminares, las cuales podrían variar producto de rectificación por parte de los contribuyentes, o bien, por procesos de fiscalización.

2) Se entrega información de todos los contribuyentes clasificados como personas jurídicas que se encuentran registrados en las Bases de Datos del SII con datos válidos.

3) Un contribuyente es clasificado como empresa, cuando cumpla con uno o más de los siguientes atributos:

  • Es identificado como contribuyente de 1a Categoría.
  • Presenta declaración jurada 1887.
  • Es declarante vigente de IVA

Esta clasificación se realiza durante el segundo semestre de cada año. Si un contribuyente presenta su declaración o rectificatoria posterior a la fecha de clasificación, con nuevos antecedentes que lo categorizan como empresa, no quedará clasificado como una.

4) Hasta el año tributario 2018, el rubro económico se determina por el código de actividad declarado en la Operación Renta correspondiente a cada año, o en su defecto el declarado en la Operación Renta anterior, el cual no necesariamente representa la actividad económica principal del contribuyente. A partir del año tributario 2016 se replica la actividad informada en el año tributario 2015; en caso de no registrar actividades en ese año, se informa aquella declarada el año correspondiente. A partir del año tributario 2019, el rubro económico se determina como la actividad vigente durante el año correspondiente ante el SII para aquellos contribuyentes que registren una única actividad económica. En caso de poseer múltiples actividades, se determina como la principal aquella declarada en la consulta de actividad económica principal al momento de declarar el Formulario 29, en caso contrario, se determina según la definición indicada al principio de este párrafo.

5) Las ventas anuales de un contribuyente se calculan mediante un algoritmo que utiliza códigos declarados en los Formularios 22 y 29, el cual podría no necesariamente representar su valor económico real. El tamaño de una empresa se clasifica en los siguientes rangos, en base al cálculo de las ventas anuales de un contribuyente:

  1. Sin Información: corresponde a contribuyentes cuya información tributaria declarada, no permite determinar un monto estimado de ventas.
  2. 1er Rango Micro Empresa: 0,01 a 200,00 UF Anuales
  3. 2do Rango Micro Empresa: 200,01 a 600,00 UF Anuales
  4. 3ro Rango Micro Empresa: 600,01 a 2.400,00 UF Anuales
  5. 1er Rango Pequeña Empresa: 2.400,01 a 5.000,00 UF Anuales
  6. 2do Rango Pequeña Empresa: 5.000,01 a 10.000,00 UF Anuales
  7. 3er Rango Pequeña Empresa: 10.000,01 a 25.000,00 UF Anuales
  8. 1er Rango Mediana Empresa: 25.000,01 a 50.000,00 UF Anuales
  9. 2do Rango Mediana Empresa: 50.000,01 a 100.000,00 UF Anuales
  10. 1er Rango Gran Empresa: 100.000,01 a 200.000,00 UF Anuales
  11. 2do Rango Gran Empresa: 200.000,01 a 600.000,00 UF Anuales
  12. 3er Rango Gran Empresa: 600.000,01 a 1.000.000,00 UF Anuales
  13. 4to Rango Gran Empresa: más de 1.000.000,01 UF Anuales

6) Los Tramos de capital propio positivo y negativo se clasifican en los siguientes tramos:

  • 1: 0 < Capital Propio <=10 UF
  • 2: 10 < Capital Propio <=25 UF
  • 3: 25 < Capital Propio <=50 UF
  • 4: 50 < Capital Propio <=100 UF
  • 5: 100 < Capital Propio <=250 UF
  • 6: 250 < Capital Propio <=500 UF
  • 7: 500 < Capital Propio <=1.000 UF
  • 8: 1.000 < Capital Propio <=2.000 UF
  • 9: 2.000 < Capital Propio <=10.000 UF
  • 10: 10.000 < Capital Propio

7) Los trabajadores se contabilizan por empleador, por lo que aquellos con más de una relación de dependencia laboral en el año se cuentan en cada una de ellas.

8) El número de trabajadores se encuentra asociado a la dirección del domicilio o casa Matriz de la Empresa y no necesariamente donde el trabajador presta sus servicios.

9)La información aquí contenida proviene de antecedentes obtenidos de los contribuyentes por parte del Servicio de Impuestos Internos, razón por la cual, su naturaleza es tributaria y no económica. Se deja constancia expresa que el Servicio de Impuestos Internos no asume responsabilidad alguna por la veracidad de los datos con que se ha elaborado el estudio o estadística, por lo que no otorga respecto de aquéllos garantía alguna en lo que se refiere a la exactitud, vigencia o integridad, ni asume responsabilidad de ninguna especie por el uso o aplicación que se haga de la referida información.