Año | Mes | Tipo Subsidio o Beneficio | Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Requisitos y antecedentes para postular | Monto global asignado (anual) | Tipo unidad monetaria | Inicio período o plazo de postulación | Fin período o plazo de postulación | Criterio de evaluación y asignación | Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. | Objetivo del Subsidio o Beneficio | Tipo | Denominación | Numero | Fecha | Link texto integro | Número de Beneficiarios | Razones de la exclusión de datos | Nombre del Programa | Enlace a mayor información |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
2025 | Marzo | Subsidio | Subdirección de Fiscalización | Tengan inicio de actividad en Primera Categoría antes del 8 de mayo de 2023(*) , como persona natural o jurídica, incluidas las cooperativas.Las ventas y servicios del giro deben ser superiores a 0,01 UF e iguales o inferiores a 100.000 UF en 2022.Tengan 1 o más trabajadoras o trabajadores con sueldo mínimo o con ingreso imponible entre 411.000 y 500.000, de acuerdo al período contemplado en la Ley.Sean persona jurídica sin fines de lucro y comunidades constituidas hasta el 8 de mayo de 2023. | 195.242.000.000 | Pesos | 05-06-2023 | 07-07-2025 | micro, pequeñas y medianas empresas, junto a las cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro y comunidades, que cumpliendo con los requisitos señalados en los resolutivos 2° y 3° siguientes, soliciten el subsidio sueldo mínimo mipyme de la Ley en la forma indicada en el resolutivo Nº 5 de la Resolución Ex. SII N° 69 de 2023. | No aplica | Es un subsidio mensual paraMicro, Pequeñas y Medianas empresas (Mipymes), cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro (fundaciones u otras) y comunidades, orientado a apoyarlas en el pago del nuevo sueldo mínimo establecido en la Ley N°21.578. | Ley | TITULO III LEY N° 21.578 OTORGA UN SUBSIDIO TEMPORAL Y OTRAS MEDIDAS DE APOYO PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Y COOPERATIVAS | 21578 | 30-05-2023 | Ver enlace | N° Trabajadores 537761 / N° Empresas 151057 | La información es reservada considerando las reservas legales contenidas en el artículo 35 del Código Tributario (secreto tributario), en la Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada y en otras normas legales que establezcan un deber de reserva | Subsidio sueldo mínimo mipymes | Ver enlace |
2025 | Enero | Subsidio | Subdirección de Fiscalización | Tengan inicio de actividad en Primera Categoría
antes del 8 de mayo de 2023(*) , como persona natural o jurídica, incluidas
las cooperativas. Las ventas y servicios del giro deben ser superiores a 0,01 UF e iguales o inferiores a 100.000 UF en 2022. Tengan 1 o más trabajadoras o trabajadores con sueldo mínimo o con ingreso imponible entre 411.000 y 500.000, de acuerdo al período contemplado en la Ley. Sean persona jurídica sin fines de lucro y comunidades constituidas hasta el 8 de mayo de 2023. |
195.242.000.000 | Pesos | 05-06-2023 | 07-07-2025 | micro, pequeñas y medianas empresas, junto a las cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro y comunidades, que cumpliendo con los requisitos señalados en los resolutivos 2° y 3° siguientes, soliciten el subsidio sueldo mínimo mipyme de la Ley en la forma indicada en el resolutivo Nº 5 de la Resolución Ex. SII N° 69 de 2023. | No aplica | Es un subsidio mensual paraMicro, Pequeñas y Medianas empresas (Mipymes), cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro (fundaciones u otras) y comunidades, orientado a apoyarlas en el pago del nuevo sueldo mínimo establecido en la Ley N°21.578. | Ley | TITULO III LEY N° 21.578 OTORGA UN SUBSIDIO TEMPORAL Y OTRAS MEDIDAS DE APOYO PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Y COOPERATIVAS | 21578 | 30-05-2023 | Ver enlace | N° Trabajadores 537761 / N° Empresas 151057 | La información es reservada considerando las reservas legales contenidas en el artículo 35 del Código Tributario (secreto tributario), en la Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada y en otras normas legales que establezcan un deber de reserva | Subsidio sueldo mínimo mipymes | Ver enlace |
Año | 2023 |
---|---|
Mes | Abril |
Tipo Subsidio o Beneficio | Subsidio |
Unidad, órgano interno o dependencia que lo gestiona | Subdirección de Fiscalización |
Requisitos y antecedentes para postular | Pueden acceder aquellas empresas que, de acuerdo a lo que establece la Ley N°21.456: - Tengan inicio de actividad en Primera Categoría antes del 1 de agosto de 2022(*), como persona natural o jurídica, incluidas las cooperativas. - Las ventas y servicios del giro deben ser superiores a 0,01 UF e iguales o inferiores a 100.000 UF en 2021. - Tengan 1 o más trabajadoras/es con sueldo mínimo, de acuerdo al período contemplado en la Ley. - Sean persona jurídica sin fines de lucro y comunidades constituidas hasta el 30 de abril de 2022. |
Monto global asignado (anual) | 21.993.000.000 |
Tipo unidad monetaria | Pesos |
Inicio período o plazo de postulación | 14/06/2022 |
Fin período o plazo de postulación | 11/09/2022 |
Criterio de evaluación y asignación | Micro, pequeños y medianos contribuyentes, junto a las cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro y comunidades, que cumpliendo con los requisitos señalados en los resolutivos 2° y 3° siguientes, soliciten el subsidio sueldo mínimo Mipyme |
Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación | No aplica |
Objetivo del Subsidio o Beneficio | Es un subsidio mensual paraMicro, Pequeñas y Medianas empresas (Mipymes), cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro (fundaciones u otras) y comunidades, orientado a apoyarlas en el pago del nuevo sueldo mínimo establecido en la Ley N°21.456. |
Tipo | Ley |
Denominación | REAJUSTA EL MONTO DEL INGRESO MÍNIMO MENSUAL, ASÍ COMO LA ASIGNACIÓN FAMILIAR Y MATERNAL, Y EL SUBSIDIO FAMILIAR, OTORGA UN SUBSIDIO TEMPORAL A LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN LA FORMA QUE INDICA, Y ESTABLECE UN APORTE COMPENSATORIO DEL AUMENTO DEL VALOR DE LA CANASTA BÁSICA DE ALIMENTOS |
Número | 21456 |
Fecha | 26/05/2022 |
Link texto integro | Ver enlace |
Número de Beneficiarios | N° Trabajadores 334881 / N° Empresas 112715 |
Razones de la exclusión de datos | La información es reservada considerando las reservas legales contenidas en el artículo 35 del Código Tributario (secreto tributario), en la Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada y en otras normas legales que establezcan un deber de reserva |
Nombre del Programa | Subsidio sueldo mínimo mipymes |
Enlace a mayor información | Ver enlace |