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Servicio de Impuestos Internos

Última Actualización : 14/02/2025

FACULTADES, FUNCIONES Y ATRIBUCIONES: Oficina de Relaciones Internacionales

Facultades, funciones y atribuciones Fuente Legal Fecha última modificación

Corresponderán a la Oficina de Relaciones Internacionales las siguientes funciones, responsabilidades y obligaciones:

  1. En relación con materias de gestión, tecnología y buenas prácticas internacionales de las administraciones tributarias: (i) Coordinar las relaciones internacionales del Servicio con otras administraciones tributarias extranjeras y Organismos Internacionales, sin perjuicio de las facultades de representación radicadas en el Director. (ii) Coordinar al interior del Servicio, las relaciones con otras administraciones tributarias extranjeras y Organismos Internacionales, sin perjuicio de las facultades de representación radicadas en el Director. (iii) Fomentar convenios de colaboración bilateral para el intercambio de experiencias, conocimientos, recursos y asistencia técnica. (iv) Realizar un monitoreo continuo y análisis comparados de las tendencias globales, identificando casos de éxito en otras administraciones tributarias, con el objeto de evaluar la pertinencia, conveniencia y modalidad de adaptación para su implementación por el Servicio. (v) Proponer iniciativas y proyectos de mejora interna del Servicio que se definan a partir de la colaboración internacional. (vi) Coordinar y apoyar la implementación de las iniciativas y proyectos de mejora interna del Servicio, a partir de la colaboración internacional.

  2. Representar activamente al Servicio en redes del Foro de Administraciones Tributarias de la OCDE, del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias, del Banco Mundial, del Banco Interamericano de Desarrollo y del Fondo Monetario Internacional, o de otras instancias internacionales por expresa petición del Director del Servicio, según instrucciones que le imparta el Director.

  3. Coordinar y prestar apoyo para la efectiva participación de los representantes del Servicio en las mesas de trabajo técnicas, conferencias, seminarios y eventos internacionales relevantes evaluando sus resultados cuando corresponda.

  4. Realizar el levantamiento de las actividades internacionales que formarán anualmente el programa de viajes, asegurando el cumplimiento de todos los instructivos vigentes en la materia. Confeccionado dicho programa, la Oficina de Relaciones Internacionales, deberá realizar las gestiones necesarias para su ejecución, en coordinación con las unidades de las que dependan los funcionarios que asistan a las actividades en el extranjero, la Subdirección de Administración y la Subdirección de Desarrollo de Personas, hasta la completa tramitación del Decreto que autoriza la comisión de servicio en el extranjero de todos los funcionarios que las realicen, inclusive de aquellos casos en que el financiamiento sea entregado por la entidad externa.

  5. Mantener y consolidar una biblioteca digital que registre y documente las prácticas y experiencias identificadas, que sea accesible a todas las Subdirecciones y áreas internas.

  6. Apoyar la difusión interna de las experiencias internacionales y buenas prácticas, generando acciones para su comprensión y aplicación, en colaboración con las áreas que corresponda.

  7. Realizar cualquier otra actividad que el Director estime de competencia de esta Oficina.
Resolución Exenta N° 68 de 19 de junio de 2025 19-06-2025
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