Desde junio de 2020, cuatro tipos de servicios prestados por contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile pagan el Impuesto al Valor Agregado (IVA). En tanto, a partir de noviembre de 2024 todos los otros servicios gravados (no exentos expresamente) prestados por este tipo de contribuyentes deberán pagar IVA.
Esta obligación tributaria es sólo para contribuyentes extranjeros, sin domicilio ni residencia en Chile, que presten servicios gravados en forma remota para ser utilizados en territorio nacional por personas no contribuyentes de IVA.
Una vez creada la cuenta obtendrá el Número de Usuario para poder declarar.
Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios conforme a modificaciones introducidas por la Ley 21.210 de 2020.
Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios conforme a modificaciones introducidas por la Ley 21.713 de 2024.
Recargo del IVA a las transacciones realizadas a partir del:
01 de junio 2020
01 de noviembre 2024
Inscripción en Régimen de Tributación Simplificada a partir del:
01 de junio 2020
01 de noviembre 2024
Período tributario para declarar y pagar el IVA:
- Mensual
- Trimestral
- Mensual
- Trimestral
Declaración y pago
- Mensual
- Trimestral
- Mensual
- Trimestral
Plazo para declarar y pagar
Desde el día 1° al día 20 del mes siguiente al periodo tributario que se declara.
Desde el día 1° al día 20 del mes siguiente al periodo tributario que se declara.
Podrá presentar su declaración luego del día veinte del mes siguiente al periodo tributario que desea declarar, pero esta quedará sujeta a multas e intereses.