De conformidad con la normativa dictada en los años 2020 y 2024, la prestación remota de servicios realizada por contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile a beneficiarios locales, se encuentra gravada con IVA.

A partir del 25 de octubre de 2025 estará gravada con IVA la venta de bienes de bajo valor situados en el extranjero y enviados a Chile, adquiridos remotamente a través de plataformas digitales de intermediación o de vendedores directos, sin domicilio ni residencia en Chile, por compradores locales no contribuyentes de IVA.

¿Quiénes deben pagar el IVA Digital?

Esta obligación tributaria es solo para contribuyentes extranjeros, sin domicilio ni residencia en Chile, que presten servicios en forma remota o vendan bienes corporales muebles de forma remota a personas no contribuyentes de IVA.

  • streaming tax chile Los intermediarios de servicios prestados en Chile, cualquiera sea su naturaleza, o de ventas realizadas en Chile o en el extranjero, siempre que estas últimas den origen a una importación.
  • streaming tax chile Quienes suministren o entreguen contenido de entretenimiento digital, como videos, música, juegos u otros análogos, a través de descarga, streaming u otra tecnología, incluyendo para estos efectos, textos, revistas, diarios y libros.
  • streaming tax chile Quienes suministren software, almacenamiento, plataformas o infraestructura informática.
  • streaming tax chile Quienes realicen publicidad, independiente del soporte o medio a través del cual se entregue, materialice o ejecute.
  • streaming tax chile Otros servicios gravados con IVA no indicados previamente.
  • streaming tax chile Quienes vendan bienes gravados y/o intermedien ventas de bienes gravados.

Declaración y Pago

Consulta Estado Consulta Deuda

Registro e Inscripción

  • Le enviaremos por correo electrónico un código de verificación que debe usar para inscribirse y crear su cuenta.
  • Formulario de registro Modificar mis datos
  • Una vez creada la cuenta obtendrá el Número de Usuario para poder declarar.

  • Envío de nómina
  • Nómina de contribuyentes del IVA o agentes retenedores del impuesto adicional (IA).

Cómo declarar y pagar el Formulario IVA Digital (F129)

Prestación de servicios

Venta de bienes

Inscripción en el Régimen de Tributación Simplificada

A partir del 01 de junio de 2020

A partir del 01 de agosto de 2025

Recargo de IVA

A partir del 01 de junio de 2020
(IVA sobre cuatro tipos de servicios gravados)
A partir de noviembre de 2024
(IVA sobre todos los servicios gravados)

A partir del 25 de octubre de 2025
(IVA sobre bienes gravados)

Período de declaración y pago
(a elección)

Mensual o Trimestral

Plazo para declarar y pagar

Primeros veinte días del mes siguiente al periodo tributario que se declara

Ejemplos

  • Si escogió periodos mensuales y percibe pagos (contraprestaciones) por servicios y/o ventas remotas en el mes de marzo de un año determinado, tiene plazo para declarar y pagar el impuesto asociado desde el uno hasta el día veinte de abril del mismo año.

  • Si eligió un periodo de tres meses seguidos y percibe pagos (contraprestaciones) por servicios y/o ventas remotas durante los meses de enero, febrero y marzo de un año determinado, tiene plazo para declarar y pagar el impuesto asociado desde el día uno al día veinte de abril del mismo año.

Si presenta su declaración fuera de plazo, esto es, en forma posterior al día veinte del mes siguiente al periodo tributario que desea declarar, ésta quedará sujeta a multas e intereses.

  • Podrá realizar su declaración en este mismo sitio a través del Formulario IVA Digital (F129), de manera mensual o trimestral, de acuerdo a la opción que elija, la cual quedará registrada en su perfil.
  • Para declaraciones en moneda extranjera, el impuesto correspondiente se debe pagar vía transferencia SWIFT, la que se identifica mediante un código SWIFT o código BIC (Bank Identifier Code). Este código permite identificar al banco receptor cuando se realiza una transferencia internacional.
  • El tipo de moneda (dólares americanos, euros o pesos chilenos) y la periodicidad de declaración y pago se deben indicar al momento de la inscripción. Una vez efectuada la elección, cualquier cambio deberá ser solicitado entre el 21 de enero y el 31 de enero de cada año.