La Ley N° 21.210, del 24 de febrero de 2020, estableció que los servicios remotos remunerados prestados por no residentes no domiciliados en Chile, deben pagar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a partir del 1 de junio de 2020.

¿Quiénes deben pagar el IVA a los Servicios Digitales?

Esta obligación tributaria es solo para contribuyentes extranjeros, sin domicilio ni residencia en Chile, que presten servicios remotos para ser utilizados en territorio nacional por personas naturales o jurídicas no contribuyentes de IVA.

  • streaming tax chile Los intermediarios de servicios prestados en Chile, cualquiera sea su naturaleza, o de ventas realizadas en Chile o en el extranjero, siempre que estas últimas den origen a una importación.
  • streaming tax chile Quienes suministren o entreguen contenido de entretenimiento digital, como videos, música, juegos u otros análogos, a través de descarga, streaming u otra tecnología, incluyendo para estos efectos, textos, revistas, diarios y libros.
  • streaming tax chile Quienes suministren software, almacenamiento, plataformas o infraestructura informática.
  • streaming tax chile Quienes realicen publicidad, independiente del soporte o medio a través del cual se entregue, materialice o ejecute.

Declaración y Pago

Consulta Estado Consulta Deuda

Registro e Inscripción

  • Le enviaremos por correo electrónico un código de verificación que debe usar para inscribirse y crear su cuenta.
  • Formulario de registro Modificar mis datos
  • Una vez creada la cuenta obtendrá el Número de Usuario para poder declarar.

Cómo será la Declaración y Pago (a partir del 1 de julio de 2020).

Recargo de IVA a las transacciones realizadas desde

1 de junio de 2020

Elección periodo

• Mensual
• Trimestral
(Según opción seleccionada en Formulario de Registro)

Declaración y pago desde

1 de julio de 2020 (Mensual)
1 de octubre de 2020 (Trimestral)

Plazo para presentar declaración y pago

Primeros veinte días del mes siguiente al periodo que se desea declarar

Ejemplos

  • Si escogió periodos mensuales y percibe pagos (contraprestaciones) por servicios remotos en el mes de marzo de un año determinado, tiene plazo para declarar y pagar el impuesto asociado desde el uno hasta el día veinte de abril del mismo año.
  • Si eligió un periodo de tres meses seguidos y percibe pagos (contraprestaciones) por servicios remotos durante los meses de enero, febrero y marzo de un año determinado, tiene plazo para declarar y pagar el impuesto asociado desde el uno al día veinte de abril del mismo año.

Podrá presentar su declaración luego del día veinte del mes siguiente al periodo tributario que desea declarar, pero esta quedará sujeta a multas e intereses.

  • Podrá realizar su declaración en este mismo sitio, a través del Formulario N° 129, de manera mensual o trimestral, de acuerdo a la opción que elija, la que quedará registrada en su perfil.
  • Para declaraciones en moneda extranjera, el impuesto correspondiente se debe pagar vía transferencia SWIFT, la que se identifica mediante un código SWIFT o código BIC (Bank Identifier Code). Este código permite identificar al banco receptor cuando se realiza una transferencia internacional.
  • El tipo de moneda (dólares americanos, euros o pesos chilenos) y la periodicidad de declaración y pago se deben indicar al momento de la inscripción. Una vez efectuada la elección, esta no podrá ser modificada hasta el 1 de enero del año siguiente.