Te ayudamos a conocer y a corregir las observaciones más frecuentes.

Infórmate consultando el estado de tu Declaración

Consulta / Rectifica

¿Tienes dudas sobre tu Devolución?

Resuélvelas aquí

Si no has recibido tu devolución de impuestos, sigue los siguientes pasos:

1


Ingresa a la opción Consulta Estado para conocer el motivo de la retención


2


Si es posible, te ofreceremos una propuesta para corregir tu declaración por Internet.


3


Ingresa a la opción Corregir o Rectificar declaración y elige Ver Propuesta Rectificatoria


4


Revisa la propuesta que te ofrecemos, y si estás de acuerdo, envíala


5


Luego ingresa a Consulta Estado para verificar que tu nueva declaración haya sido recibida. 


6


En la misma opción te informaremos cuando tu devolución sea autorizada. 

Te ayudamos con las 5 observaciones más frecuentes

Selecciona el código correspondiente a la observación que presenta tu declaración.

Código: G25 - Crédito por Gastos en Educación

Descripción

La observación se produce porque el monto que solicitaste por Crédito por Gastos en Educación es mayor al que te corresponde, según la información con la que contamos.

¿Qué tienes que hacer?

Te recomendamos revisar los requisitos del Crédito por Gastos en Educación ingresando a nuestro Portal de Renta.

Recuerda que el monto del crédito es de 4,4 UF por cada hijo que cumpla con los requisitos, el que se divide entre padre y madre.

Para solucionar la observación, tienes que rectificar tu declaración, modificando el monto solicitado.

Código: G11 - Crédito por Impuesto de primera Categoría

Descripción

La observación se generó porque hay problemas con el Crédito por Impuesto de primera Categoría por concepto de Retiros que solicitaste en tu declaración.

¿Qué tienes que hacer?

1. En la Información de tus Agentes Retenedores e Informantes, verifica que:

  • Estés informado como receptor de Retiros.

  • El monto informado por tu agente retenedor coincida con lo que declaraste en el Formulario 22.

2.Verifica que tus créditos por retiros, en calidad de empresario individual, sean consistentes con la información del FUT de tu Formulario 22.

Código: G56 - Intereses Hipotecarios.

Descripción

La observación se generó porque hay problemas con la Rebaja solicitada en tu declaración de Renta por concepto de Dividendos Hipotecarios.

¿Qué tienes que hacer?

En la Información de tus Agentes Retenedores e Informantes, verifica que:

  • Estés informado por la Institución respectiva.

  • El monto informado por tu agente retenedor coincida con lo que declaraste en el Formulario 22.

  • Que el valor declarado no supere los topes de la rebaja de acuerdo a las disposiciones legales.

Código: G85 - Inconsistencias Empresario individual 14ter

Descripción

El monto que declaraste en el impuesto global complementario no corresponde al declarado por tu empresa 14ter.

¿Qué tienes que hacer?

Revisar que la utilidad obtenida por tu empresa 14Ter haya sido traspasada correctamente al código 959 para incluirlo en la base del impuesto global complementario

Código: G05 - Subdeclaración de Remuneraciones

Descripción

Existen inconsistencias en las remuneraciones afectas al Impuesto Único a los Trabajadores que incorporaste en tu Formulario 22.

¿Qué tienes que hacer?

Revisa que lo que declaraste como Rentas del Art. 42 Nº 1 (sueldos, pensiones, etc.) corresponda con la información de Sueldos, Jubilaciones y Montepíos presentada por tus Agentes Retenedores e Informantes.

Adicionalmente, debe considerar las rentas por convenios de doble tributación, informadas a través de la Declaración Jurada Formulario N°1853 "Declaración Jurada Anual sobre Rentas de Fuente Extranjera". Y en caso que sea Técnico Extranjero y solicitó devolución de Fondos Previsionales, provenientes de cotizaciones obligatorias o depósitos convenidos, debe incorporar el monto de la devolución en la Línea 9, código [161].



Principales dudas sobre tu Devolución de Impuestos:

La información estará disponible en la opción "Consulta Estado", de acuerdo a la fecha en que presentaste tu declaración". Desde el 20 de mayo, todos quienes declararon Renta este año podrán conocer el estado de su declaración.

Si no recibiste la devolución autorizada por el SII, o la recibiste por un monto menor a lo esperado, puede deberse a que la Tesorería General de la República compensó parte o la totalidad de tu devolución por montos adeudados al Fisco, por ejemplo, por tu crédito Universitario.

Si hubo compensación de Tesorería te lo indicamos en la "Consulta Estado", sin embargo si quieres saber el detalle de la compensación, infórmate directamente en la Tesorería General de la República.

Si no recibiste la devolución también podría deberse a errores en el ingreso de la cuenta bancaria en tu Formulario 22, o bien, a que la cuenta bancaria corresponda a otro titular. En este caso, también deberás consultar directamente en Tesorería.

El período de rectificatoria estará disponible desde el 1 de junio en nuestro sitio sii.cl, donde podrás reemplazar la declaración presentada y/o corregir posibles errores.

Sí, puedes presentar tu declaración de impuestos fuera de plazo.

Si estabas obligado a presentarla, y lo haces fuera de plazo, quedará sujeta a reajustes, intereses y multas que variarán dependiendo si la declaración es con pago, con devolución o calzada, es decir, que no corresponde pago ni devolución.

Si no estabas obligado a presentar tu Declaración de Renta, pero quieres utilizar algún beneficio tributario y cumples los requisitos para ello, puedes presentar tu declaración fuera de plazo, sin estar sujeto a multas.

La información detallada estará disponible desde el 20 de junio en la opción " Consulta Estado", no obstante algunas diferencias detectadas ya puedes revisarlas e incluso corregirlas desde el 1° de junio..

Si no recibes el cheque de devolución, puede deberse a alguna de las siguientes razones:

  • Un error en la dirección registrada en el Formulario 22 de Renta.
  • No estabas cuando se hizo la entrega en tu domicilio, o bien, la persona que se encontraba se negó a recibir el documento.

El cheque será devuelto a la Tesorería General de la República, donde deberás aclarar la situación.

Principales Beneficios y Opciones

Personas



Crédito por gastos en educación

Más Información



Rebaja de interés por dividendos hipotecarios

Más Información



Reliquidación
de ingresos

Más Información



Cotizaciones
previsionales

Más Información

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