Conforme a las disposiciones legales, los contribuyentes domiciliados o residentes en Chile que desean hacer uso del crédito por impuestos pagados o retenidos en el exterior, o bien retornar al país el capital invertido, deben inscribir previamente sus inversiones en dicho Registro , Así lo establecen los artículos 41 A, letras A y B, 41 B y 41 C, numerales 1 y 2, de la Ley de Impuesto a la Renta (LIR).
Para realizar esta operación, los interesados deben ingresar a www.sii.cl, menú Declaraciones Juradas, opción Registro de Inversiones en el Extranjero La aplicación permite registrar, modificar o eliminar las inversiones, evitándose concurrir a las oficinas del SII.
Para mayor información, podrá consultar “Instrucciones para la utilización de la aplicación Registro de Inversiones en el Extranjero” y/o “Preguntas Frecuentes” disponibles en la opción Ayudas del menú Declaraciones Juradas, a partir de la fecha antes indicada.