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CÓDIGO TRIBUTARIO – ACTUAL TEXTO – ARTÍCULO 97 N° 10.

NO EMISION DE DOCUMENTO LEGAL – PRUEBA - RECLAMO DE DENUNCIO - RECURSO DE APELACION - CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA – SENTENCIA CONFIRMATORIA CON DECLARACION.

La I. Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó con declaración una sentencia del Tribunal Tributario de la X Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, que había rechazado una reclamación interpuesta contra la denuncia cursada a un contribuyente por infracción prevista y sancionada en el artículo 97 N° 10 del Código Tributario, la que se configuró al no emitir el contribuyente documento legal alguno por la venta de dos bicicletas aro 24, según aparece en una guía de despacho del mismo emitida anteriormente.

El tribunal de segundo grado consideró que la alegación del recurrente en cuanto a que en la guía de despacho hubo un error en la descripción del aro de las bicicletas, ya que nunca habría vendido ese tipo de bicicletas, no viene respaldada con antecedentes suficientes que desvirtúen lo constatado por tres ministros de fe respecto de la infracción incurrida.


En su fallo, el tribunal de alzada consideró:

“Primero: Que Joel Maclovio Vásquez Molina, a fojas 30, apela en contra de la sentencia ya mencionada, señalando que es agravante para sus intereses y que en la guía de despacho sólo hubo un error en la descripción de aro de las bicicletas y no el número de éstas, y solicita se revoque la sentencia de primera instancia.

Segundo: Que a fojas 39 la parte reclamante acompaña innumerables facturas de proveedores y de importaciones correspondientes a los años 2001, 2002, 2003 y 2004, y dos notas de crédito del 2002 y detalles computacionales de los años mencionados en que no figuran bicicletas aro 24.

Tercero: Que los documentos acompañados y de que da cuenta el considerando anterior, no son suficientes para desvirtuar la constatación que realizaron los tres ministros de fe respecto de la infracción incurrida por el reclamante.
Y visto lo que disponen los artículos 141 y siguientes del Código Tributario, SE CONFIRMA la sentencia de fecha veintiuno de junio de dos mil cuatro, escrita de fojas 24 a fojas 26, con declaración que se rebaja la multa impuesta al 150% del monto de la operación, esto es, a $89.970.- y se rebaja la clausura impuesta al establecimiento comercial de propiedad del infractor ubicada en calle Ramírez 690 Osorno a un día (1 día). “

CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA – 31.08.2004 – RECURSO DE APELACION – JOEL MACLOVIO VASQUEZ MOLINA C/SII - ROL 600-2004 – MINISTRO SR. RODOLFO ABREGO DIAMANTTI – FISCAL JUDICIAL SRTA. RUBY ALVEAR MIRANDA – ABOGADO INTEGRANTE SR HECTOR MENDEZ EYSSAUTIER.