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CÓDIGO TRIBUTARIO – ACTUAL TEXTO – ARTÍCULO 97 N° 4 INCISO 5°.

DELITO TRIBUTARIO – MULTA – DAÑO FISCAL – QUERELLA - RECURSO DE APELACION – CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA – SENTENCIA CONFIRMATORIA.

La I. Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó una sentencia de primera instancia del Segundo Juzgado del Crimen de Valdivia, que condenó a un contribuyente por el delito del inciso 5° del N° 4 del artículo 97 del Código Tributario.

En su fallo, el Tribunal Superior señaló que es de justicia fijar la pena de multa en una suma que tenga alguna relación con el daño fiscal causado por los delitos investigados.

En lo pertinente, el fallo en alzada consideró:

“Se tienen por reproducidos lo expositivo, las consideraciones y citas legales del fallo en alzada y además se tiene presente que, a juicio de este Tribunal, es de justicia fijar la pena de multa, que es de hasta cuarenta unidades tributarias anuales, en una suma que tenga alguna relación con el daño fiscal causado por los delitos investigados y que, según la acusación particular de fs. 265, cabe estimarlo, para este sólo efecto, en la suma de $2.552.110. Lo informado por la Fiscalía Judicial que este Tribunal comparte, salvo la observación precedente. Y lo que disponen los artículos 514, 527 y 529 del Código de Procedimiento Penal, SE RESUELVE: SE CONFIRMA, sin costas del recurso, la sentencia apelada del diez de agosto de dos mil cuatro, escrita a fs. 306 a 320, con declaración de que se rebaja al valor de ocho unidades tributarias anuales la multa que le impone al sentenciado Jorge Patricio Cabrera Marín.”

CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA - 19.10.2004 – RECURSO DE APELACION- SII C/ JORGE PATRICIO CABRERA MARIN - ROL 2034-04 – MINISTRO SR. MARIO JULIO KOMPATZKI CONTRERAS – SR. HERNAN RODRIGUEZ ITURRIAGA – ABOGADO INTEGRANTE SRA. HELGA STEFFEN RIEDEMANN.