¿Los montos correspondientes a valor de adquisición, valor de instalación y valor de mantención del Sistema Solar Térmico (SST), deben ser considerados como montos netos, para los efectos del cálculo del monto del crédito a que da derecho esta franquicia tributaria?
|
Si, debe considerarse el monto neto del valor de los SST, su instalación y las
mantenciones obligatorias mínimas. En ningún caso, el Impuesto al Valor Agregado
(IVA) podrá considerarse como parte de tales valores, por lo que no podrá incidir en la determinación del crédito.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII,
sección Normativa y legislación, Circulares, opción
Circular N°55 de 2016.
|