El crédito por Sistemas Solares Térmicos (SST), establecido en la Ley 20.365, es
una franquicia tributaria que permite a las empresas constructoras imputar un
crédito en contra de sus pagos provisionales mensuales obligatorios y otros
impuestos equivalente a un porcentaje del costo del SST, de su instalación y
mantenciones obligatorias mínimas que monten en bienes corporales inmuebles
nuevos destinados a la habitación construidas por ellas.
Este crédito se encontró vigente a contar del día 24 de agosto de 2010, respecto
de las viviendas cuyos permisos de construcción o las respectivas modificaciones
de tales permisos se hayan otorgado a partir del 1° de enero de 2008 y que hayan
obtenido su recepción municipal final a partir del 26 de mayo de 2010 y antes
del 31 de diciembre de 2013. Como asimismo a viviendas cuya recepción municipal
se haya obtenido después del 31 de diciembre del año 2013, cuando ésta se
hubiere solicitado con anterioridad al 30 de noviembre del año 2013.
Téngase presente que el 05 de febrero de 2016 entró en vigencia la Ley N°20.897,
que modifica la Ley N° 20.365, renovando la vigencia de la franquicia tributaria
para la instalación de sistemas solares térmicos por el período 2015 a 2020 y se
agrega un subsidio directo para la provisión de esta tecnología en viviendas
sociales nuevas.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII,
sección Normativa y legislación, Circulares, opciones,
Circular N° 50 de 2010 y
Circular 55 de 2016. |