PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Beneficio tributario por instalación de Sistemas Solares Térmicos | ¿A quienes favorece beneficio tributario SST?

 Pregunta   ID:   001.060.6064.006  Fecha de Creación:   07/09/2010

¿Es posible rebajar el crédito por Sistemas Solares Térmicos (código 727) de los Pagos Provisionales Mensuales (PPM), Retenciones de Segunda Categoría e Impuesto al Valor Agregado (IVA) a pagar por el período respectivo?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   28/12/2022

Sí, de acuerdo al artículo 5°, letra b), de la Ley N° 20.365, de 2009, actualmente modificada por la Ley N° 20.897, de 2016, es posible rebajar el crédito por Sistemas Solares Térmicos (SST), de los PPM obligatorios del impuesto a la renta, y en caso que estos no existan, o sean menores al monto del crédito, el saldo podrá imputarse a cualquier otro impuesto de retención o recargo que deba pagarse en la misma fecha, como son las retenciones de segunda categoría y el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Normativa y legislación, Circulares, opción Circular N°55 de 2016.

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