Sí, una Boleta de Honorarios Electrónica puede ser enviada a un cliente por
e-mail, ya que al ser generado este documento tributario exitosamente, será el
mismo sistema el que entregará dos opciones: "imprimir para entregar" y
"enviar la boleta vía e-mail o
correo electrónico".
A partir de la opción “enviar”, el sistema generará un correo electrónico
dirigido al destinatario o receptor de la boleta y, al mismo tiempo, será
adjuntada la boleta emitida como archivo atachado en formato pdf.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio
Web del SII, menú Normativa y legislación, Resoluciones, opción
Resolución
Exenta N° 83, de 2004.
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