No, los servicios profesionales se documentan con una Boleta de
Honorarios Electrónica, emitida por el prestador del servicio. Al
mismo tiempo, la empresa puede emitir una Boleta de
Prestación de Servicios de Terceros electrónica, en la medida que se cumplan los requisitos
establecidos para la emisión de estos documentos.
Puede obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circulares, Circular N° 21, de 1991, Circular N° 25 del 21, de 2021
y en Opción Resoluciones, la Resolución
Exenta SII N° 112, de 2004, Resolución Exenta SII N° 166, de 2020 y Resolución Exenta SII N° 2, de 2021 . Adicionalmente,
esta materia puede ser consultada en
la opción Boleta
de Honorarios Electrónica del Menú Servicios online. |