Los documentos tributarios que emiten los
contribuyentes, tales como Facturas, Guías de Despacho, Boletas de
Ventas y Servicios, etc., deben estar previamente autorizados por el SII. En general, deberán llevar impreso los siguientes
antecedentes:
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Nombre completo o razón social del contribuyente emisor.
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Número de RUT.
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Dirección del
establecimiento y de sus sucursales, si las tuviese.
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Comuna o nombre del lugar, según corresponda.
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Giro del negocio.
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Número de teléfono y casilla, cuando ello corresponda.
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Numeración correlativa. En |