Sí, las facturas afectas y exentas de IVA pueden tener la misma numeración, ya que son documentos
tributarios distintos que deben observar, entre sus requisitos legales y
reglamentarios, la exigencia de una numeración única nacional.
Puede obtener mayor información relativa
a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circular
N° 33, de 1985. Adicionalmente, esta materia puede ser consultada en la Resolución N° 6080, de
1999. |