No, ya que lo que
corresponde emitir es una factura afecta a IVA por el desarrollo de asesorías informáticas prestadas por empresas afectas
al Impuesto de Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, ya que a
contar del 1 de enero de 2023 todos los servicios clasificados en el N° 5, del artículo 20, de la
Ley sobre Impuesto a la Renta, se gravarán con IVA. Lo anterior, por cierto, a
menos que sea aplicable alguna de las exenciones establecidas en los artículos
12 y 13 de la Ley sobre Impuestos a las Ventas y Servicios, o en algún otro
cuerpo legal Puede obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación,
Circulares, opción
Circular N°50 de 2022.
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