Para que una empresa de software se certifique ante el SII, debe efectuar las pruebas de formato de los
Libros Contables Electrónicos e informar que se certifica para obtener un Código de Autorización de Libros (CAL),
tipo 3. Una vez cumplidas las pruebas, el SII le otorgará el o los CAL respectivos.
Cabe señalar que los CAL tipo 3 deben ser reobtenidos anualmente.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en
el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Resolución
Exenta N° 150, de 2005. |