La autorización de algunos modelos de máquinas registradoras ha sido condicionada por
la Dirección Nacional del SII, de acuerdo con los oficios dictados en cada caso, a que antes de ser puestas a
disposición de los usuarios se deberá bloquear o inutilizar ciertas teclas o funciones, que posee la máquina y que no son pertinentes con la tarea de emisión de vales a que ella será destinada. De modo que, entregada al usuario, debe entenderse que el interesado ha cumplido con dicha condición impuesta por el
SII.
Por lo tanto, en el certificado técnico, acompañado a la solicitud de autorización de la máquina, deberá dejarse constancia expresa que las teclas y/o
funciones ordenadas inutilizar en el oficio de la Dirección Nacional
del SII que autorizó el modelo de máquina registradora lo ha sido efectivamente.
En el mismo certificado técnico deberá especificarse cuáles son dichas funciones y/o teclas no permitidas, antecedente que la respectiva Dirección Regional
del SII deberá consignar en la resolución de autorización.
Puede obtenerse mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Ayuda, menú "¿Cómo se hace para...?", opción Documentos Tributarios,
Solicitar Autorización de Modelos de Máquinas
Registradoras.
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