Actualmente la mayoría de los documentos tributarios se deben emitir en formato electrónico, de conformidad con la Resolución Exenta N° 45, de 2003. Sólo en las situaciones excepcionales que contempla la Ley N° 20.727 - concordada con la Resolución Exenta SII N°72 de 2014 -, el contribuyente podrá optar por emitir los documentos tributarios autorizados en papel.
Puede obtener mayor información en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, opción Resoluciones, donde se encuentra la Res. Ex. SII N° 113 del 05 de octubre de 2021. |