PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Factura Electrónica | Sistema de facturación gratuito del SII | Información Electrónica de Compra y Venta

 Pregunta   ID:   001.003.6336.008  Fecha de Creación:   15/02/2013

¿Desde qué momento se materializa la obligación de enviar la información Electrónica de Compras y Ventas (IECV) al SII?,


 Respuesta  Fecha de Actualización:   26/01/2023

Es importante recordar que de acuerdo a las Resoluciones N° 61 y N° 68, ambas de 2017, a contar del período de agosto de 2017, la IECV ha sido reemplazada por el Registro de Compras y Ventas (RCV).

Respuesta anterior:

La IECV se debe enviar desde el período tributario desde el cual fue autorizado a operar en el Sistema de facturación gratuito del SII, aunque la inscripción se haya realizado el último día del mes. Esta obligación debe cumplirse mes a mes aun cuando no se hayan emitido documentos electrónicos.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Factura Electrónica.