Es importante
recordar que de acuerdo a las Resoluciones
N° 61
y
N° 68,
ambas de 2017, a contar del período de agosto de 2017, la IECV ha sido
reemplazada por el Registro de Compras y Ventas (RCV).
Respuesta anterior:
No, los documentos electrónicos recibidos deben asignarse en
forma manual a la Información Electrónica de Compras. Si la información recibida
no es un Documento Tributario Electrónico, esta debe ser ingresada manualmente.
En el caso que el documento sea electrónico este deberá ser capturado del
repositorio “Asignación de documentos tributarios electrónicos recibidos” y
asignarlo al IEC correspondiente.Ahora, en el caso de la Información Electrónica de Ventas la
información se carga automáticamente debiéndose ingresar solo los documentos que
ha emitido en forma manual.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del
SII, menú
Factura Electrónica.
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