Es importante
recordar que acorde a las Resoluciones
N° 61
y
N° 68,
ambas de 2017, a contar del período de agosto de 2017, la IECV ha sido
reemplazada por el Registro de Compras y Ventas (RCV).
Respuesta anterior:
Lo normal es que envíe su IECV a través del Sistema de facturación gratuito del SII, sin embargo, también puede enviar posteriormente con el nuevo software toda la IECV que tiene pendiente de regularizar.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del
SII, sección Servicios online, menú
Factura electrónica.
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