Es un nuevo documento tributario, soportado en papel, que tiene las siguientes
características:
Los contribuyentes de la primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la
Renta, que soliciten un aviso de Inicio de Actividades, y que se encuentren en proceso de verificación por parte del SII (plazo no superior a 60 días) pueden solicitar el timbraje inmediato de facturas
de inicio.
Esta nueva ley busca agilizar las
operaciones para la formalización del aviso de Inicio de Actividades de nuevas empresas,
según lo establecido en el nuevo artículo 8° quáter, del Código Tributario, incorporado por el artículo 2° de la Ley N° 20.494, de 2011.
Puede obtener mayor información en el sitio
Web del SII, menú Normativa y legislación, opción
Resolución
Exenta N° 12. de 2011.
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